El marco global de indicadores fue desarrollado por el Grupo Interinstitucional y de Expertos sobre Indicadores de ODS (IAEG-SDG) y se acordó, incluyendo mejoras en varios indicadores, en la 48a sesión de la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas celebrada en marzo de 2017.
El marco global de indicadores fue adoptado posteriormente por la Asamblea General el 6 de julio de 2017 y está contenido en la Resolución adoptada por la Asamblea General sobre el trabajo de la Comisión de Estadística relativa a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (A/RES/71/313), Anexo. Las mejoras anuales de los indicadores se incluirán en la lista de indicadores a medida que ocurran. La lista oficial de indicadores que figura a continuación incluye el marco de indicadores mundiales que figura en A/RES/71/313, incluidos los refinamientos acordados por la Comisión de Estadística en su 49a sesión en marzo de 2018 (E/CN.3/2018/2, Anexo II) y su 50 ° período de sesiones en marzo de 2019 (E/CN.3/2019/2, Anexo II).
La lista incluye 232 indicadores sobre los cuales se ha alcanzado un acuerdo general. Tenga en cuenta que el número total de indicadores enumerados en el marco global de indicadores de los indicadores SDG es 244. Sin embargo, dado que nueve indicadores se repiten bajo dos o tres objetivos diferentes, el número total real de indicadores individuales en la lista es 232.
Marco de indicadores mundiales adoptado por la Asamblea General (A/RES/71/313) que incluye mejoras anuales contenidas en E/CN.3/2018/2 (Anexo II) y E/CN.3/2019/2 (Anexo II)
Los metadatos disponibles en el sitio Web de los ODS son un trabajo en desarrollo. Incluye la información de metadatos de referencia más reciente proporcionada por el Sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales sobre datos y estadísticas para los indicadores de Nivel I y II en el marco de indicadores globales. Dado que los indicadores de Nivel III aún están en desarrollo metodológico, se proporciona un enlace a la página web que incluye todos los planes de trabajo disponibles. Este repositorio se actualizará y revisará periódicamente en cooperación con los respectivos compiladores de datos.
Los metadatos, solamente disponibles en inglés, están siendo traducidos al español por la CEPAL.
Acceso al Repositorio de Metadatos
Acuerdo dentro del marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que establece medidas para la reducción de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) a través de la mitigación, adaptación y resiliencia de los ecosistemas a efectos del Calentamiento Global, su aplicabilidad sería para el año 2020, cuando finaliza la vigencia del Protocolo de Kioto. El acuerdo fue negociado durante la XXI Conferencia sobre Cambio Climático (COP 21) por los 195 países miembros, adoptado el 12 de diciembre de 2015 y abierto para firma el 22 de abril de 2016 para celebrar el Día de la Tierra.
Adoptado en la tercera Conferencia Mundial de las Naciones Unidas celebrada en Sendai (Japón) el 18 de marzo de 2015. Este es el resultado de una serie de consultas entre las partes interesadas que se iniciaron en marzo de 2012 y de las negociaciones intergubernamentales que tuvieron lugar entre julio de 2014 y marzo de 2015, con el apoyo de la Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres, a petición de la Asamblea General de las Naciones Unidas. El Marco de Sendai es el instrumento sucesor del Marco de Acción de Hyogo para 2005-2015: Aumento de la resiliencia de las naciones y las comunidades ante los desastres. El Marco de Acción de Hyogo se concibió para dar un mayor impulso a la labor mundial en relación con el Marco Internacional de Acción del Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales de 1989 y la Estrategia de Yokohama para un Mundo Más Seguro: Directrices para la prevención de los desastres naturales, la preparación para casos de desastre y la mitigación de sus efectos, adoptada en 1994, así como su Plan de Acción, y la Estrategia Internacional para la Reducción de los Desastres de 1999.
Guía para orientar los esfuerzos en materia de desarrollo de las ciudades para una amplia gama de actores (estados, líderes urbanos y regionales, donantes, programas de las Naciones Unidas, academia, la sociedad civil, entre otros) para los próximos 20 años.
La Tercera Conferencia Internacional sobre Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (SIDS por sus siglas en inglés) se celebró desde el 1 al 4 de septiembre de 2014 en Apia, Samoa. La Conferencia dio como resultado la adopción de las Modalidades de Acción Acelerada de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, o SAMOA Pathway, y el anuncio de 300 asociaciones de múltiples partes interesadas en apoyo de los SIDS. También estableció un Marco de asociación intergubernamental único para los SIDS, diseñado para monitorear el progreso de los ya existentes y estimular el lanzamiento de asociaciones nuevas, genuinas y duraderas para el desarrollo sostenible de los SIDS.
El Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, ratificado por los 33 países de América Latina y el Caribe, entró en vigor en septiembre del 1988. El Convenio tiene por objetivo alentar a las Partes a promover la cooperación a través de observaciones sistemáticas, investigaciones e intercambio de información sobre el impacto de las actividades humanas en la capa de ozono y para adoptar medidas legislativas o administrativas en contra de actividades que puedan producir efectos adversos en la capa de ozono.
Tratado internacional jurídicamente vinculante con tres objetivos principales: la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. Su objetivo general es promover medidas que conduzcan a un futuro sostenible. El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) quedó listo para la firma el 5 de junio de 1992 en la Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro y entró en vigor el 29 de diciembre de 1993.
El Protocolo de Cartagena fue adoptado como un acuerdo complementario al Convenio sobre la Diversidad Biológica y entró en vigor en septiembre de 2003. El Protocolo busca proteger la diversidad biológica atreves de la administración de los movimientos entre países de organismos vivos modificados (OVM) que resulten de la aplicación de la tecnología moderna y establece un procedimiento de acuerdo fundamentado previo para garantizar que los países cuenten con la información necesaria para tomar decisiones acerca de la importación de organismos vivos modificados a su territorio.
La Convención sobre los Humedales, llamada la Convención de Ramsar, de 13 de julio de 1994, es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos.
La convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS), en vigor desde 1983, es la única convención global especializada en la conservación de las especies migratorias, sus hábitats y sus rutas de migración. La CMS establece obligaciones para todos los Estados miembros de la Convención y promueve la acción concertada entre los Estados del área de distribución de muchas de las especies migratorias en peligro de extinción, animando a dichos Estados a crear ulteriores acuerdos globales o regionales. De este modo, la CMS actúa como una convención marco.
En octubre de 2000, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC), en su Resolución 2000/35, estableció el Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques (UNFF), un órgano subsidiario con el objetivo principal de promover "... la gestión, la conservación y desarrollo sostenible de todos los tipos de bosques y fortalecer el compromiso político a largo plazo con este fin ... "basado en la Declaración de Río, los Principios Forestales, el Capítulo 11 de la Agenda 21 y el resultado de los Procesos IPF / IFF y otros hitos clave de la comunidad internacional política forestal
El Foro tiene membresía universal y está compuesto por todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas y agencias especializadas.
Varios países del Continente Americano acordaron una serie de acciones para proteger y conservar las tortugas a nivel de toda la región. Estos acuerdos son la base de la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT). Después de años de sesiones de negociaciones facilitadas por el trabajo exhaustivo y brindando sugerencias para avanzar, de la Dirección Ejecutiva de OLDEPESCA, que se llevaron a cabo en Lima, Caracas, Mazatlán y Bahía, se logró suscribir en el 2001 en la ciudad de Salvador, Brasil, la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas. Fuente: Carlos Mazal, Director Ejecutivo OLDEPESCA1993-2002.
Adoptada en 1982. Establece un exhaustivo régimen de ley y orden en los océanos y mares del mundo, emanando reglas que rigen todos los usos posibles de los océanos y sus recursos. La Convención agrupa en un solo instrumento las reglas tradicionales para los usos de los océanos y, al mismo tiempo, introduce nuevos conceptos jurídicos y regímenes y aborda nuevos retos. El Convenio también proporciona el marco para el desarrollo futuro de áreas específicas del derecho del mar. Texto de la Convención
El principal objeto del Convenio es crear un marco de cooperación regional para fomentar y facilitar el ordenamiento sostenible de los recursos marinos y costeros de los países del Pacífico Nordeste en beneficio de las presentes y futuras generaciones de la región. República de Guatemala, febrero de 2002.
El Programa de Acción Mundial tiene por objeto prevenir la degradación del medio marino derivada de actividades realizadas en tierra facilitando el cumplimiento de la obligación que tienen los Estados de reservarlo y protegerlo. Está concebido para prestar asistencia a los Estados en la adopción individual o conjunta, con arreglo a sus políticas, prioridades y recursos, de medidas encaminadas a prevenir, reducir, controlar y/o eliminar la degradación del medio marino, así como a lograr que se recupere de los efectos de las actividades realizadas en tierra. La consecución de los objetivos del Programa de Acción contribuirá a mantener y, llegado el caso, restaurar la capacidad productiva y la diversidad biológica del medio marino, así como a asegurar la protección de la salud humana y a fomentar la conservación y utilización sostenible de los recursos marinos vivos. UNEP(OCA)/LBA/IG.2/7
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El objetivo general del Plan de Acción del Noroeste del Pacífico es promover el uso racional, el desarrollo y la gestión del medio ambiente costero y marino para obtener los máximos beneficios a largo plazo para las poblaciones humanas de la región, al tiempo que se protege la salud humana, la integridad ecológica y la sostenibilidad de la región para las generaciones futuras.
El Convenio de Basilea fue adoptado en respuesta a fuertes protestas públicas en los años 80, tras el descubrimiento de depósitos de desechos tóxicos en países en vía de desarrollo provenientes del extranjero. El convenio, en vigor desde mayo de 1992, busca proteger la salud de las personas y el medio ambiente frente a los efectos perjudiciales de los desechos peligrosos. Las disposiciones del Convenio giran en torno a la disminución de la generación de desechos peligrosos y la promoción de la gestión ambientalmente racional de los desechos peligrosos, la restricción de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos, y la aplicación de un sistema regulatorio para los movimientos permisibles de desechos peligrosos. El texto del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación se adoptó el 22 de marzo de 1989 y entró en vigor el nonagésimo día después de la fecha de depósito del vigésimo instrumento de ratificación, aceptación, confirmación formal, aprobación o adhesión de un país al Convenio, 5 de mayo de 1992.
El convenio de Estocolmo, que entró en vigor en el 2004, tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs). El convenio requiere que las Partes tomen medidas para eliminar o reducir la producción, utilización, importación, exportación y emisión al medio ambiente de COPs e incluye disposiciones en cuanto al acceso a la información, la sensibilización y formación del público y la participación en el desarrollo de planes de aplicación. El texto del Convenio de Estocolmo fue adoptado por la Conferencia de Plenipotenciarios (Estocolmo, 22 de mayo de 2001) y entró en vigor el 17 de mayo de 2004. El texto fue posteriormente enmendado por la Conferencia de las Partes en su cuarta reunión (Ginebra, 4 - 8 de mayo de 2009), quinta reunión (Ginebra, 25 - 29 de abril de 2011), sexta reunión (Ginebra, 28 de abril - 10 de mayo de 2013), séptima reunión (Ginebra, 4 - 15 de mayo de 2015) y en su octava reunión (Ginebra, 24 Abril - 5 de mayo de 2017).
El Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono del Convenio de Viena ha sido ratificado por los 33 países de América Latina y el Caribe. Desde su entrada en vigor en 1989 y en respuesta a los avances tecnológicos, el Protocolo ha sido ajustado en seis ocasiones y modificado en cuatro. Tanto la Convención como el Protocolo (incluidas cuatro enmiendas) cuentan con participación universal. Su objetivo es aplicar límites a la producción y el consumo de los principales productos químicos que destruyen la capa de ozono que protege a la Tierra. El Protocolo contribuye también a los esfuerzos mundiales contra el cambio climático, dado que la mayoría de las sustancias que agotan el ozono eliminadas en el Protocolo son también potentes gases de efecto invernadero.
El Convenio de Rotterdam, en vigor desde 2004, tiene por objetivo promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños. El convenio establece un procedimiento de consentimiento previo informado (CPI) para la importación de productos químicos peligrosos.
El convenio de Minamata fue adoptada en la Conferencia de Plenipotenciarios en 2013 en Kumamoto, Japón y entro en vigor en agosto de 2017. El objetivo de este tratado global es proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y liberaciones antropógenas de mercurio y compuestos de mercurio. Incluye disposiciones en materia de información pública, educación ambiental, fomento de la participación y fortalecimiento de capacidades.
Establecida en 1994, la Convención de las Naciones Unidas para Combatir la Desertificación (UNCCD) es el único acuerdo internacional legalmente vinculante que vincula el medio ambiente y el desarrollo con la gestión sostenible de la tierra. La Convención aborda específicamente las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, conocidas como las tierras secas, donde se pueden encontrar algunos de los ecosistemas y pueblos más vulnerables.